sábado, 6 de noviembre de 2010

SINTESIS REFLEXIVA

Luego de un análisis  del marco normativo  que se promulgó la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación (SINEACE), puedo decir que su finalidad es  de garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas, ofrezcan un servicio de calidad. Tenemos conocimiento que  Perú  era el único país en América Latina que aun no había implementado mecanismos para evaluar la calidad de sus instituciones educativas.
Los modelos más avanzados en el mundo, los de mayor tradición en países en donde se ha instalado una cultura de la calidad, se concentran en los resultados de la educación, en el impacto que causan los egresados en su contexto.
Adoptar modelos establecidos en otras regiones con mayor tradición evaluativa y con condiciones sociales más homogéneas, puede llevar a segmentar mas aún, la educación superior universitaria. Aquellas con mayores recursos reclutarán a los mejores estudiantes y generarán redes sociales que facilitarán su inserción laboral en ubicaciones de mayor relevancia y prestigio, mientras que aquellas con menores recursos deberán conformarse con alumnos de los sectores medios y bajos que al concluir sus estudios tendrán dificultades para ubicarse en el mercado laboral.
Cuando se trata de definir calidad educativa a nivel del país, debemos consensuar entre todos los actores de la sociedad, las culturas, las ideologías, en busca de un punto sólido para estructurar el sistema de evaluación, de manera que esos indicadores midan los avances en esa concepción de calidad que como país requerimos para desarrollarnos armónicamente y construyendo capital social.
La implementación del Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Educación puede ser el momento de estructurar un sistema de evaluación coherente con nuestro contexto socio-económico y la oportunidad para consensuar los grandes temas que movilicen la evaluación de la calidad  en las  instituciones  de  educación básica  regular.

Los procesos de evaluación vinculados a acreditación surgieron a principios del siglo pasado, con un particular interés por verificar la eficacia de lo que se enseñaba en las instituciones educativas. Estos sistemas se difundieron con mayor fuerza en Europa y, en América Latina durante los años noventa, se manifestaron como una exigencia social por mejorar y asegurar la calidad de las universidades y de sus carreras. En todos esos países, las políticas emanan de organismos nacionales que -por lo general- dependen de sus Ministerios de Educación.
El IPEBA es el órgano operador encargado de definir los estándares de medición internos e indicadores para garantizar en las instituciones educativas de la Educación Básica y Técnico-Productiva públicas y privadas los niveles aceptables de calidad educativa así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento.
Para el cumplimiento de su finalidad, el IPEBA cuenta con la siguiente organización:
a. Un órgano de dirección.
b. Órganos de línea.
c. Órganos consultivos.
El IPEBA cuenta con un órgano de dirección, constituido por un directorio de carácter interdisciplinario, encargado de definir políticas y estrategias que contribuyan a elevar sustantivamente los factores de la calidad educativa que conciernen a la Educación Básica y Técnico-Productiva.
Está integrado por expertos de reconocido prestigio en el campo de la evaluación, acreditación y certificación, designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Educación, previo proceso de selección en su entidad de origen y por un período de tres (3) años, renovable por tercios. Deben poseer experiencia mínima de diez (10) años en la docencia o en el ámbito de su ejercicio profesional.



El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa SINEACE, cuya ley es el Nº 28740, es el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educación N° 28044, y promover su desarrollo cualitativo.
La Ley del SINEACE, se promulgó el 13 de mayo del 2006, y tiene por finalidad de garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas, ofrezcan un servicio de calidad. 

El sistema está conformado por órganos operadores que garantizan la independencia, imparcialidad e idoneidad de los procesos de evaluación, acreditación y certificación  que son:
Ø El IPEBA, con competencia en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva.
Ø El CONEACES, con competencia en la Educación Superior No Universitaria;
Ø El CONEAU, con competencia en las Instituciones de Educación Superior Universitaria.

Se establece también en la ley del SINEACE que los procesos de evaluación que se consideran son:
·         Autoevaluación de la gestión pedagógica, institucional y administrativa, que está a cargo
de los propios actores de la institución educativa.
·         Evaluación externa con fines de acreditación, la que es requerida voluntariamente por las
instituciones educativas.
·         Acreditación, definida como “el reconocimiento público y temporal de la institución
educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa.

1 comentario:

  1. Profesor Otto, reciba mi saludo fraterno.
    Quiero felicitarlo por la presentación estética de su blog.además comparto cuando manifiestas que la definición de la calidad educativa debe ser consensuada entre todos los actores de la sociedad; es cierto que si todos tenemos la misma concepción o apuntamos a una misma dirección aportaremos de alguna manera para elevar la calidad educativa y por ende lograremos sacar adelante a nuestro país.

    Atentamente: Libertad

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